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La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla) emitió la Recomendación 06/2022 a la Fiscalía General (FGE) y a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) ambas del Estado de Puebla, por la vulneración al derecho humano a la privación de la libertad y las “Reglas Nelson Mandela”; es decir, las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos.
De acuerdo con las evidencias que constan en el expediente 629/2020 se acreditó que la víctima fue privada de su libertad cuando un vehículo se detuvo junto a él, descendieron cinco sujetos con armas cortas y largas, amagando y subiendo al vehículo a la víctima, a quien trasladaron a la procuraduría.
Posteriormente, fue llevado a otra ubicación no oficial, en donde fue golpeado y torturado por policías judiciales durante varios días continuos.
Con base a lo anterior, la CDH Puebla solicitó que se repare el daño de forma integral y hace las siguientes recomendaciones a la Fiscalía General del Estado.
Proporcionar atención integral a la víctima que incluya atención médica y psicológica de forma inmediata y gratuita, con información clara y precisa.
Instruya a quien corresponda a fin de que se colabore con la Unidad Administrativa especializada, y participen activamente con la integración de las indagatorias e investigación de los hechos.
Emitan una circular a través de la cual instruya a las y los servidores públicos de la FGE, para que, en lo sucesivo sujeten su actuar a lo establecido por el Orden Jurídico Mexicano, absteniéndose de actos que atenten contra el derecho humano a la integridad y seguridad de las personas.
Brinde capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos.
De vista al titular del Órgano Interno de Control y Visitaduría de esa FGE, para que determine sobre el inicio del procedimiento administrativo de investigación correspondiente, en contra de los servidores públicos de la Procuraduría.
Establecer un mecanismo de monitoreo y seguimiento que le permita al personal de la dependencia identificar y solicitar la devolución de las averiguaciones previas o carpetas de investigación que fueron remitidas a las autoridades judiciales, estatales o federales con el fin de salvaguardar la información contenida en ellas.
De igual forma, a la Secretaría de Seguridad Pública recomendó.
Instruya a las y los servidores públicos del Centro de Reinserción Social de Puebla (CRSP), para que brinden seguimiento y tratamiento penitenciario integral a favor de la víctima de forma inmediata.
Instruya a quien corresponda a fin de que inicie la denuncia en contra del personal, que tuvo participación en los hechos, debiendo colaborar amplia y claramente al respecto.
Emita una circular para que en lo sucesivo sus servidores públicos sujeten su actuar a lo establecido por el Orden Jurídico Mexicano, así como a los tratados internacionales suscritos y ratificados por el estado mexicano, y se abstengan de realizar actos que atenten contra el derecho humano a la seguridad jurídica.
Brinde capacitación a los servidores públicos, relativa al respecto y protección de los derechos humanos, establecidos tanto en la legislación local, nacional e internacional, con el fin de evitar actos como los señalados en el presente documento.
De vista al titular de la Unidad de Asuntos Internos, para que determine sobre el inicio del procedimiento administrativo de investigación correspondiente, en contra de los servidores públicos del CRSP, que participaron en los hechos descritos.
Cada punto recomendatorio deberá ser justificado por la autoridad señalada como responsable, debiendo informar del cumplimiento ante esta Comisión.