¡Síguenos!A partir de que Salones Sociales ampliaron su actividad comercial al incursionar en la prestación de servicios adicionales como la realización de eventos públicos que involucran la venta de boletos y/o alcohol, el Cabildo reguló la operación de estos establecimientos con el propósito de preservar la integridad física de menores de edad, asegurar el orden, generar certidumbre jurídica, evitar la competencia desleal y ofrecerles la posibilidad de desarrollarse en un marco de legalidad.
TwittearVisitas: 753
Con las adecuaciones realizadas a la normativa municipal, los prestadores de servicio deberán obtener autorización previa y cumplir con lo establecido en el Capítulo 12 del Código Reglamentario Municipal referente a Espectáculos Públicos, entre ellas informar y efectuar el pago correspondiente por boletaje comercializado, contar con medidas de Protección Civil, así como prohibir el acceso a menores de edad, entre otras. En caso de incumplimiento, las sanciones pueden ser multas y/o hasta la clausura del lugar.
Por otro lado, como resultado de los acercamientos entre el Gobierno de la Ciudad y Organizaciones de la Sociedad Civil, se declaró el 11 de mayo de cada año como el “Día Municipal de la Lucha contra la Violencia Vicaria”, a fin de colocar en la esfera pública la demanda colectiva de madres que buscan volver a ver a sus hijas e hijos y promover el acceso a una vida libre de violencia.
Las y los regidores también avalaron la información financiera del Ayuntamiento de Puebla del 01 al 30 de noviembre de 2022, donde se transparentó el uso de los recursos de las dependencias y organismos.
También, por unanimidad se aprobaron los espacios públicos para la celebración de fiestas tradicionales y festividades patronales 2023 en el Centro Histórico y Zona de Monumentos, así como el Calendario de Sesiones Ordinarias del Cabildo para el próximo año.
Durante la Sesión Ordinaria se realizaron varias modificaciones y reformas a la normativa municipal, entre ellas: el Acuerdo de Cabildo por el que se constituye el órgano público descentralizado denominado Sistema Municipal DIF para la creación de la Junta Directiva como máxima autoridad administrativa del Sistema; así como su Reglamento Interior; la denominación del Capítulo IX del Código de Ética del Ayuntamiento de Puebla; y la abrogación de los “Lineamientos del Programa de Artistas Urbanos”.